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CAFAS -CAMARA ARGENTINA de FABRICANTES de ACOPLADOS y SEMIRREMOLQUES-
Institución creada en 1978 en la que se reúne el 85% de la producción nacional.


Blog de la Industria de Remolques, Camiones, Utilitarios y Proveedores de la Industria y el Autotransporte de Carga en Argentina.

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ACSA Organizó una Visita a la Fábrica de Ruedas MAXION en Brasil


Recientemente, un destacado grupo de clientes de Alternativas Comerciales S.A. (ACSA), acompañados por su Director Gabriel Winitzky, visitó la Planta Cruzeiro del Grupo IOCHPE-MAXION en el estado de San Pablo, Brasil. Asistieron el Ing. Pablo Sola, Director de Sola y Brusa S.A. y Presidente de CAFAS; Raúl Braida, Gerente General de Sola y Brusa; Aníbal Moriconi, Gerente de Ingeniería y Diseño de Semirremolques Vulcano S. A.; y el Lic. Daniel Bertinat Gonnet, Gerente General de Automotores El Triángulo S.A.

El viaje fue programado para conocer la planta de producción de la división MAXION Wheels, principal fabricante mundial de ruedas y llantas. Allí se producen alrededor de 300.000 ruedas para transporte pesado por mes.




Los visitantes conocieron la avanzada tecnología y rigurosos controles a que son sometidas todas las ruedas MAXION; su laboratorio de pruebas y homologación es el primer laboratorio de ensayos de ruedas pesadas en Brasil en recibir la Certificación ISO 17025.

Además de los numerosos reconocimientos y certificados de calidad otorgados a MAXION, la compañía se enorgullece también por fabricar la rueda con menor peso del mercado –38 kg–, la mayor capacidad de carga y el mejor rendimiento para el neumático.

Con el realizado, ACSA inauguró una serie de viajes para sus principales clientes, programados con el fin de mostrar la alta calidad productiva de la gama MAXION que comercializa.

Cabe señalar que todas las empresas invitadas fueron sponsors –junto a MAXION–, del Concurso SCANIA Mejor Conductor de Camiones 2013, por lo que la gira culminó con la concurrencia a las instalaciones de la Automotriz sueca en San Bernardo do Campo, Brasil. 


“MAXION nos provee de un componente para nuestros remolques tan importante en cuanto a seguridad como es el caso de las ruedas y llantas. Luego de esta visita, quisiera destacar el tamaño de la empresa, no sólo en lo dimensional sino también en lo económico; la gran capacidad de producción y el elevado nivel tecnológico y de automatización con que cuenta el proceso productivo; los laboratorios de ensayo y metrología de última generación que garantizan los más altos estándares de calidad a nivel mundial. Efectivamente, MAXION es ‘seguridad en movimiento’.”


“La visita a MAXION nos ha permitido conocer una empresa que –siguiendo un proceso productivo muy controlado–, logra un producto cuyas características de diseño y seguridad nos respalda en nuestra decisión de ofrecer los mismos a nuestros clientes. Los sistemas de testeo a que son sometidos garantizan la calidad que se destaca en comparación con otras marcas.”

“Hemos conocido en MAXION el proceso de fabricación, cómo diseñan y testean sus productos, transmitiendo seguridad de la calidad de productos que llegan a nuestras fábricas. Este tipo de viajes refuerza nuestras relaciones, generando compromisos a largo plazo.”








“La visita a MAXION fue muy constructiva. Se ve mucho interés en la fábrica por la calidad; pudimos observar altos controles en procesos intermedios y finales, y una de las personas que nos acompañó era el Gerente de Calidad, lo cual muestra a las claras la voluntad de la empresa de asegurar al máximo la calidad de sus productos, y ahí hacer su mayor diferencia. Me impresionó la automatización por medio de robots de algunas líneas. El viaje y la visita a MAXION fueron un éxito.” 





• MAXION Wheels

MAXION Wheels es líder mundial en la producción de llantas de aluminio y acero para vehículos de pasajeros y camiones livianos, y llantas de acero para camiones y remolques comerciales. La compañía opera en el ámbito mundial con 24 plantas que incluyen instalaciones comerciales, oficinas de ventas y plantas de fabricación ubicadas en 13 países.

Provee a los principales fabricantes norteamericanos, asiáticos y europeos de vehículos de pasajeros y camiones livianos, y a clientes de vehículos comerciales para tránsito en rutas y autopistas de todo el mundo. MAXION fue la primera marca de llantas en obtener el certificado CHAS en Argentina. 


• ACSA - Alternativas Comerciales S.A.

Importador y distribuidor exclusivo de Ruedas y Llantas MAXION en Argentina, lidera del mercado de ruedas y llantas para el transporte de carga y pasajeros, cubriendo todas las necesidades en el segmento de camiones y buses, con ruedas de acero y aluminio forjado.










LoJack Recuperó 9.127 Vehículos en 2012


La empresa, líder en servicios tecnológicos, administración y protección de activos, informó que logró recuperar 9.127 vehículos en el curso de 2012, cifra que representa un monto de $553.770.339.
 
Según datos estadísticos de LoJack, el 42% de las sustracciones correspondió a hurtos de vehículos estacionados, y el 58% restante por robos a mano armada.

Santiago Feraud, Gerente de Operaciones de LoJack, señaló: “Según los registros obtenidos durante este período, el 64% de los vehículos recuperados se encuentran en un valor de mercado de hasta 60.000 pesos.


• Rubros
El 74% de los vehículos recuperados han sido autos particulares, seguidos por distintos tipos de transportes de carga: utilitarios, camiones, maquinaria vial y trailers, que representan un 11%. Luego motos, 8%; y 4x4, el 7%.

• Zonas
Del análisis surge que las áreas en las que se ha registrado la mayor cantidad de robos fueron: zona sur y oeste del Gran Buenos Aires, seguidas por Capital Federal.

• Récord
Según informó LoJack, la mayor cantidad de recuperos se registró en mayo, con un 10% del total anual.



FORD CAMIONES: Talleres Móviles para su Red de Concesionarios



Ford Argentina incorporó el servicio de Talleres Móviles para brindar asistencia en ruta, realizando reparaciones rápidas en el lugar sin necesidad de trasladar el vehículo hasta un Concesionario.

Ahora, el cliente puede comunicarse directamente con el Concesionario para realizar un primer diagnóstico telefónico de la falla del vehículo, pudiendo así ser asesorado por un técnico; en caso de ser necesario, se dispone el envío a cualquier lugar del país de los nuevos Talleres Móviles. 

Este servicio, integrado por once Ford Transit, tiene como objetivo dotar a la red de Concesionarios de Ford Camiones de soluciones rápidas y efectivas para sus clientes ante los imprevistos en ruta.

Equipos de lubricación y aire comprimido, kit de herramientas básicas para las reparaciones en ruta, set de repuestos, banco de trabajo y centro de diagnóstico para verificar las fallas del camión, son parte del equipamiento del que disponen los Talleres Móviles de Ford Camiones.









Presentación: Sprinter Street 411 de MERCEDES-BENZ Argentina



Ampliando aún más la ya numerosa familia de utilitarios Sprinter, la marca de la estrella lanza al mercado una nueva versión del furgón, a un precio muy competitivo.

Al igual que el resto de los modelos Sprinter, el nuevo vehículo de entrada a la gama se fabricará en el Centro Industrial Juan Manuel Fangio de Virrey del Pino, partido de La Matanza, en la provincia de Buenos Aires. El furgón Sprinter Street 411 posee una distancia entre ejes de 3.250 mm, techo normal, con o sin pared divisoria entre la zona de carga y del conductor, y un Peso Bruto Total de 3,88 Tn. Equipado con motor Mercedes-Benz OM 651 –también fabricado en la planta local–, que entrega 116 CV a 3.800 rpm; tracción trasera y caja de cambios de 6 velocidades.




Esta nueva versión conserva el destacado equipamiento de serie de toda la gama Sprinter, incluyendo entre otras características ESP Adaptativo –único en el mercado de los utilitarios–; ABS; airbag de conductor; radio con CD, conexión Bluetooth para teléfono, entrada USB y tarjeta; levanta-vidrios eléctricos; cierre centralizado con mando a distancia; espejos retrovisores gran angular con luces de giro integradas; regulación de altura del asiento para el conductor; volante regulable en altura y profundidad.

La que será para muchos clientes “su primer Sprinter” se ofrece en dos versiones:
• Sprinter Street 411 TN 3250 V1 (sin pared divisoria entre la zona de carga y el conductor).
• Sprinter Street 411 TN 3250 V2 (con pared divisoria entre la zona de carga y el conductor).



FADEEAC Recibió un Camión Escuela de VOLVO Trucks & Buses Argentina


VOLVO Trucks & Buses Argentina y FADEEAC rubricaron un acuerdo de cooperación mediante el cual la automotriz cedió un flamante Volvo FH de última generación destinado a la instrucción, capacitación y formación de conductores por parte de la Fundación Profesional para el Transporte. La ceremonia de entrega se llevó a cabo en la sede de la FPT en Boulogne, Prov. de Buenos Aires, y contó con la presencia de directivos de ambas entidades, prensa especializada y alumnos y capacitadores de la institución.

Pablo Hurtado, Gerente Comercial de Volvo Trucks en Argentina, expresó: “Es un honor y una satisfacción para nosotros poder acompañar esta iniciativa de FADEEAC y FPT, que incentiva el desarrollo de la industria, fortaleciendo la seguridad y la eficiencia del transporte. Es una decisión que alienta al futuro  y se alinea con preservar y acrecentar la seguridad, unos de los grandes pilares de nuestra empresa.”


 


El camión entregado es un Volvo FH 4X2T, líder a nivel mundial en calidad, seguridad, tecnología de abordo y confort. Está equipado con un motor de 13 litros y 440 CV, en combinación con la caja automatizada I-Shift, conjunto que brinda excepcional desempeño con el mejor consumo de combustible.

Al confort de manejo se suman el notable ambiente de trabajo y excelente espacio interior en la cabina de techo elevado; equipamiento de seguridad que incluye ABS y airbag; y funcionalidad con el climatizador, aire acondicionado y levanta-vidrios eléctricos, entre otros atributos de calidad de un vehículo de clase superior.




SCANIA y VULCANO se Expanden Juntas en Uruguay


Scania Argentina y Semirremolques Vulcano, de la provincia de Santa Fe, trabajan juntos en Uruguay desde 2010; ya llevan comercializados en el vecino país más de 150 equipos, ofreciendo una solución integral a los clientes uruguayos del mercado forestal.

Sebastián Figueroa, director de Ventas y Marketing de Scania Argentina, expresó: “Estamos seguros de que esta unión potenció a ambas marcas en el mercado uruguayo, brindando a los clientes mayor velocidad en la entrega del equipo completo y la solución integral que venían esperando, logrando un diferencial en cuando a servicios. Estamos felices por los resultados obtenidos hasta el momento y esperamos seguir creciendo y contribuyendo a la expansión de la industria argentina en la región y el mundo.” 

En el marco del plan de inversiones previsto y siguiendo con su política de apoyo y promoción de la industria nacional, Scania Argentina acordó potenciar la comercialización de los productos Vulcano en Uruguay.




Vulcano y Scania vienen trabajando juntos desde hace tiempo, tanto en camiones cerealeros como en vehículos de aplicación forestal. La participación de ambas empresas en este último segmento mostró un crecimiento notable en los últimos años, generando una demanda inédita en Uruguay.

Scania y Vulcano ofrecen al mercado uruguayo soluciones integrales, contemplando tanto servicios de posventa como de taller, con amplia oferta de repuestos y mano de obra calificada. Así, garantizan a sus clientes atención rápida y confiable, lo que se traduce en mayor disponibilidad activa de las unidades.





• IMPORTANTE • Sres. ASOCIADOS de CAFAS



En el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Nº 480/2013, por el cual se prorroga hasta el día 30 de Junio de 2013 inclusive, la vigencia del régimen de Incentivo Fiscal para Bienes de Capital, Informática y Telecomunicaciones dispuesto por el Decreto 379/2001.


BIENES DE CAPITAL

Decreto 480/2013
Decreto Nº 594/2004. Modificaciones.
Buenos Aires, 2 de mayo de 2013

VISTO el Expediente Nº S01:0018336/2013 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 379 de fecha 29 de marzo de 2001 y sus modificaciones, se creó un Régimen de Incentivo Fiscal para los Fabricantes de los bienes comprendidos en el Anexo I de la Resolución Nº 8 de fecha 23 de marzo de 2001 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA, que contaren con establecimientos industriales radicados en el Territorio Nacional.

Que el objeto principal del citado Régimen consiste en mejorar la competitividad de la industria local productora de bienes de capital para que pueda participar en condiciones equitativas en la provisión de tales bienes, promoviendo así su fabricación nacional.

Que los Decretos Nº 201 de fecha 22 de febrero de 2006; 2.316 de fecha 30 de diciembre de 2008; 188 de fecha 3 de febrero de 2010; 917 de fecha 28 de junio de 2010; 362 de fecha 22 de marzo de 2011; 430 de fecha 21 de marzo de 2012; y 1.027 de fecha 2 de julio de 2012, mediante sendas modificaciones del Artículo 5° del Decreto Nº 594 de fecha 11 de mayo de 2004, establecieron la vigencia del Régimen creado mediante el Decreto Nº 379/01 y sus modificaciones hasta el día 31 de diciembre de 2012, inclusive.

Que el Decreto Nº 1.347 de fecha 26 de octubre de 2001 aprobó el listado de las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) comprendidas en el Régimen del Decreto Nº 379/01 y sus modificaciones.

Que el Artículo 15 del Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007 y sus modificaciones, por medio de su Anexo XIII, sustituyó el Anexo I del mencionado Decreto Nº 1.347/01.

Que a su vez, los Decretos Nº 1.554 de fecha 29 de noviembre de 2001 y 770 de fecha 25 de junio de 2009, ampliaron el universo de bienes alcanzados por el citado Régimen.

Que en el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) no existe actualmente óbice para mantener vigentes los regímenes de promoción de la industria de bienes de capital establecidos por cada Estado Parte.

Que el Gobierno Nacional continúa asignando prioritaria importancia al proceso de reindustrialización iniciado en el año 2003.

Que la inversión en capital productivo tiene como resultado directo el aumento de la competitividad de la industria y de la economía en general, y simultáneamente coadyuva a consolidar el desarrollo de la industria local productora de bienes de capital.

Que la industria de bienes de capital es considerada estratégica para el desarrollo argentino por su efecto de difusión tecnológica, innovación, conocimiento y por su capacidad de aumentar la productividad industrial y sobre la economía en general.

Que en virtud de lo expuesto precedentemente, se estima oportuno y conveniente prorrogar hasta el día 30 de junio de 2013, inclusive, el plazo de vigencia del Régimen creado por el Decreto Nº 379/01 y sus modificaciones.

Que asimismo, resulta pertinente sustituir el inciso a) del Artículo 1° del Decreto Nº 594/04, a fin de ajustar lo allí requerido a las nuevas condiciones emergentes de la prórroga dispuesta.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes en virtud de lo dispuesto por el Artículo 7° inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades previstas en el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese el inciso a) del Artículo 1° del Decreto Nº 594 de fecha 11 de mayo de 2004, por el siguiente:

“a) Informar con carácter de declaración jurada la cantidad de trabajadores en relación de dependencia, debidamente registrados conforme el Libro Especial previsto por el Artículo 52 de la Ley Nº 20.744, t.o. 1976 y sus modificaciones, al día 31 de diciembre de 2011.

Otra declaración jurada en los mismos términos, deberá presentarse al día 30 de junio de 2013, asumiendo el compromiso por escrito y con participación de la asociación sindical signataria del convenio colectivo vigente, a no reducir la plantilla de personal teniendo como base de referencia el mayor número de empleados registrados durante el mes de diciembre de 2011, ni aplicar suspensiones sin goce de haberes. El incumplimiento de este compromiso facultará a la Autoridad de Aplicación a rechazar las solicitudes y/o a rescindir el beneficio otorgado.

Facúltase al MINISTERIO DE INDUSTRIA a dictar las disposiciones complementarias y reglamentarias que resulten pertinentes.”

Art. 2° — Sustitúyese el Artículo 5° del Decreto Nº 594/04 y sus modificaciones, por el siguiente:

“Artículo 5° — El Régimen creado por el Decreto Nº 379 de fecha 29 de marzo de 2001 y sus modificaciones, tendrá vigencia hasta el día 30 de junio de 2013, inclusive.”

Art. 3° — El presente decreto tendrá vigencia a partir del día 1 de enero de 2013.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Fernández de Kirchner — Juan M. Abal Medina — Hernán G. Lorenzino — Débora A. Giorgi.